REGULACIONES
El Congreso busca restablecer límites a la venta de tierras a extranjeros
El fallo de la Corte Suprema restituye transitoriamente la vigencia del artículo 154 del DNU 70/2023, habilitando operaciones de compraventa rural sin el tope previo del 15%. Para provincias de extensa geografía como Salta, el desenlace dominial y productivo dependerá ahora de la capacidad del Congreso para articular mayorías capaces de restaurar restricciones o convalidar el criterio de propiedad privada irrestricta sostenido por el Ejecutivo.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación, con las firmas de Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, revocó la sentencia de la Cámara Federal de La Plata y rechazó la acción promovida por el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas La Plata (CECIM) contra el DNU 70/2023. Mediante un comunicado posterior, el máximo tribunal aclaró con rigor técnico que su pronunciamiento no convalidó la constitucionalidad de derogar la Ley 26.737 de Tierras ni juzgó la validez del artículo 154 del mencionado decreto, sino que se limitó a constatar un estricto defecto procesal: la falta de legitimación activa de la entidad accionante y la consecuente inexistencia de un caso contencioso. No obstante la pulcritud de la distinción formal, el efecto material inmediato es la restitución de la vigencia del decreto, dejando sin efecto las restricciones que limitaban al 15% la titularidad de tierras rurales en manos extranjeras a nivel nacional, provincial y departamental.
Frente a este escenario, la arena parlamentaria ensaya diversas respuestas. El diputado Miguel Ángel Pichetto emplazó al oficialismo a incorporar el restablecimiento de la Ley de Tierras en el proyecto de Defensa de la Soberanía Nacional para dejar sin efecto el artículo 154; sin embargo, desde La Libertad Avanza descartaron la moción argumentando que se trata de una cuestión de propiedad privada y no de soberanía, evaluando como contrapartida reflotar el proyecto ministerial de Federico Sturzenegger con posibles topes atenuados. En paralelo, en la Cámara alta, los senadores justicialistas Juliana Di Tullio, José Mayans y Fernando Salino presentaron una iniciativa legislativa para derogar quirúrgicamente el citado artículo 154, buscando sumar el consenso de los mandatarios provinciales sin poner en crisis la totalidad del régimen desregulatorio.
La alternativa más severa se gesta en la Cámara de Diputados, donde bloques opositores analizan convocar a una sesión para el 14 de octubre con el propósito de rechazar íntegramente el DNU 70/2023, que ya cuenta con el rechazo del Senado pero requiere el pronunciamiento de ambas cámaras según la Ley 26.122. La complejidad de esta vía radica en la construcción del quórum de 129 bancas, pues invalidar el decreto implicaría restaurar otras normas como la ley de alquileres. Entre tanto, desde París y en el marco del 62° Coloquio de IDEA, el presidente Javier Milei respaldó la resolución judicial aduciendo que la división de poderes constituye la esencia republicana, mientras la definición sobre el régimen legal de las tierras rurales aguarda su desenlace en el Congreso.